Decisión Final del Panel relativo a la revisión de la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América.
G-0135/2017
México D.F., a 11 de Mayo de 2017
Decisión Final del Panel relativo a la revisión de la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de pierna y muslo de pollo originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia. Estas mercancías se clasifican en las fracciones arancelarias 0207.13.03 y 0207.14.04 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.
A TODA LA COMUNIDAD DE COMERCIO EXTERIOR y ADUANAL:
Hacemos de su conocimiento que la Secretaría de Economía publicó en el D.O.F. del 11/05/2017, la Decisión citada al rubro, como se detalla a continuación
Productos: Pierna y muslo de pollo.
Fracción arancelaria | 0207.13.03 y 0207.14.04 de la TIGIE, |
País de origen | Estados Unidos de América. |
Tipo de Resolución | Decisión final del panel relativo a la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de pierna y muslo de pollo final . |
Resolución de la autoridad |
1. 25.7% a las importaciones provenientes de Simmons, Sanderson, Tyson Foods y Pilgrim´s Pride Corporation
1. Calcule el valor normal mediante la asignación de costos conjuntos de producción 2. En cualquier caso proporcione una explicación de la razón por la cual dicha metodología elegida es razonable, con base en las pruebas apropiadas |
Antecedentes | D.O.F. 06/08/2012 Resolución Final de la investigación antidumping |
Cualquier duda o comentario, favor de dirigirse a la Dirección Operativa de esta Confederación.
FUENTE CAAAREM.
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